
Plan Ambiental Detallado de las Subestaciones Eléctricas Cobriza I y Cobriza II de titularidad de Inversiones Shaqsha S.A.C. El PAD es un Instrumento de Gestión Ambiental complementario de carácter excepcional, conforme a lo señalado en el Artículo 45° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas Decreto Supremo N°014-2019-EM), que considera los impactos ambientales negativos reales y/o potenciales generados o identificados en el área de influencia de la actividad eléctrica en curso y destinado a facilitar la adecuación de dicha actividad a las obligaciones y normativa ambiental vigentes, debiendo asegurar su debido cumplimiento, a través de medidas correctivas y permanentes, presupuestos y un cronograma de implementación, en relación a las medidas de prevención, minimización, rehabilitación y eventual compensación ambiental que correspondan.
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