
La presente Ley tiene por objeto fomentar, desarrollar y regular la acuicultura, en sus diversas fases productivas en ambientes marinos, estuarinos y continentales. De acuerdo a lo previsto en el artículo 10 del presente Decreto Legislativo, se ha previsto que el Ministerio del Ambiente – MINAM forma parte del Sistemas Nacional de Acuicultura – SINACU.
Fecha de aprobación: