
Por medio de la presente Ley, se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el término de noventa (90) días calendario en materia administrativa, económica y fi nanciera, contados a partir de la vigencia de la presente Ley, en los términos a que hace referencia el artículo 104 de la Constitución Política del Perú.
Fecha de aprobación: