
Sancionar a la Municipalidad Distrital de Acostambo con una multa equivalente a dos coma cinco (2,5) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción grave, tipificada en el numeral9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en efectuar un (01) vertimiento de aguas residuales domésticas hacía quebrada "Ccochapampa", margen derecha, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 (N: 8 632 457, E 494 867), en el distrito de Acostambo, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica.
Fecha de aprobación: